Cuando una empresa presenta el Impuesto de Sociedades, lo habitual es pensar que el trámite ha terminado. Se confirman los datos, se firma el modelo, se paga (si procede), y se archiva. Pero quienes gestionan su negocio con una perspectiva más estratégica saben que el verdadero valor del impuesto empieza justo después de enviarlo.
Porque el Impuesto de Sociedades no es solo una obligación legal. Es también una radiografía de tu actividad, un punto de control contable y fiscal que permite anticipar problemas, corregir desviaciones y tomar decisiones para el futuro. Claro está: esto solo es posible si tu asesoría va más allá de limitarse a cumplir plazos.
Este artículo no va dirigido a quienes presentan el impuesto por su cuenta. Está pensado para empresas que delegan esta labor en su asesoría, pero que quieren entender qué deberían esperar de ese servicio y, sobre todo, cómo utilizar el resultado fiscal como herramienta de gestión.
Tabla de contenidos
- 1 ¿Qué debería haber revisado tu asesoría antes de presentarlo?
- 2 Una vez presentado: ¿qué puede revisar o corregir tu empresa?
- 3 Rectificar es posible: mejor pronto que tarde
- 4 ¿Y ahora qué? Usar el impuesto como punto de partida
- 5 Cómo saber si tu asesoría va un paso más allá
- 6 ¿Y si no quieres complicarte?
- 7 En resumen
¿Qué debería haber revisado tu asesoría antes de presentarlo?
Aunque ya se haya enviado el impuesto, es legítimo preguntarse —y preguntar— si se ha hecho con el suficiente criterio. Porque el Impuesto de Sociedades puede estar correctamente presentado a nivel formal, pero no por ello ser óptimo fiscalmente. Algunos puntos que conviene tener en cuenta:
Conciliación contable-fiscal
El resultado del ejercicio no es el mismo que la base imponible. Entre ambos hay ajustes que deben aplicarse según la normativa del impuesto. Algunos son temporales (como amortizaciones), otros permanentes (como gastos no deducibles o ingresos exentos). Es importante saber si esos ajustes se han hecho de forma justificada y documentada, ya que pueden cambiar notablemente la cifra final sobre la que se calcula el impuesto.
Como empresa, puedes pedir a tu asesoría un resumen de esos ajustes. No necesitas entender el detalle técnico, pero sí saber si el resultado contable y el fiscal son muy distintos… y por qué.
Reservas e incentivos aplicados
¿Se ha dotado la reserva de capitalización correctamente? ¿Se ha aplicado alguna deducción (por I+D, creación de empleo, reinversión…)? ¿Se han aprovechado beneficios fiscales disponibles para tu tipo de actividad?
Aquí no se trata de buscar milagros, sino de comprobar si el impuesto refleja todo lo que tu empresa podía declarar. Si hay incentivos que no se han usado porque falta documentación, al menos debería estar planificado su uso para el próximo ejercicio.
Una vez presentado: ¿qué puede revisar o corregir tu empresa?
Aunque el impuesto esté presentado, la fase de revisión sigue abierta. Y no solo porque puedas detectar un error, sino porque esta declaración te permite tener una visión mucho más completa de tu situación fiscal actual.
¿Cuadra el impuesto con tu contabilidad real?
Parece obvio, pero en muchas empresas hay diferencias entre lo que muestran sus balances contables y lo que se ha declarado fiscalmente. A veces esto es correcto (por ajustes legales), pero otras veces revela errores o incoherencias.
Como empresa, es buena práctica repasar junto a tu asesoría si lo que muestra el impuesto encaja con tu balance de situación, tu cuenta de resultados o tus previsiones. Esto es especialmente importante si vas a presentar cuentas anuales, solicitar financiación o declarar dividendos.
¿Se han aplicado o conservado bien las bases imponibles negativas?
Si tu empresa tuvo pérdidas en ejercicios anteriores y las ha compensado este año, esa información debe quedar bien registrada y documentada. Y si no se han compensado, es igual de importante saber cuántos años quedan para hacerlo y bajo qué condiciones. No es solo un dato técnico: afecta directamente a la planificación de los próximos cierres fiscales.
Rectificar es posible: mejor pronto que tarde
En algunos casos, puede suceder que, tras revisar los datos, se detecte un error material. Un ingreso omitido, una deducción mal calculada, un ajuste que no debió hacerse. En ese caso, es importante saber que existen vías para corregirlo:
- Si el error beneficia a la empresa, puede pedirse una rectificación de autoliquidación.
- Si el error perjudica a Hacienda, se debe presentar una declaración complementaria.
Ambos trámites tienen plazos concretos y consecuencias fiscales, por lo que es recomendable abordarlos cuanto antes. Lo importante aquí es actuar con transparencia y con argumentos bien documentados.
Además, si el error afecta al resultado fiscal de forma sustancial, conviene revisar los pagos fraccionados del ejercicio en curso, ya que pueden haberse calculado sobre una base incorrecta.
¿Y ahora qué? Usar el impuesto como punto de partida
Lo verdaderamente útil del Impuesto de Sociedades no está en el archivo PDF que envía la asesoría, sino en lo que se puede hacer con esos datos en adelante. Estos son algunos puntos clave que cualquier empresa puede revisar —o pedir que se revise— tras la presentación:
Revisión de pagos fraccionados
¿Estás pagando los pagos a cuenta del IS en base a la cuota del año anterior (modalidad 1) o en base a la base imponible real de cada trimestre (modalidad 2)? La mayoría de empresas siguen en la modalidad 1 por inercia, pero si tu beneficio ha bajado este año, puede que estés pagando de más.
La modificación se puede hacer antes de octubre. Es una decisión que tu asesoría debería plantearte si tus resultados actuales no se parecen a los del año pasado.
Planificación del cierre fiscal de 2025
Con la información que aporta el IS de 2024, ya puedes anticipar decisiones para lo que queda de ejercicio. ¿Conviene hacer alguna inversión antes del 31 de diciembre? ¿Se puede adelantar algún gasto deducible? ¿Merece la pena dotar reservas para beneficiarse de incentivos fiscales?
Este tipo de planificación no es solo para grandes empresas. También las pymes pueden beneficiarse de pensar con anticipación, y para ello el IS presentado en julio es un punto de partida ideal.
Cómo saber si tu asesoría va un paso más allá
La mayoría de asesorías cumplen correctamente con los plazos y modelos. Pero hay una gran diferencia entre una asesoría que simplemente presenta impuestos, y otra que los analiza contigo, te explica lo relevante y te ayuda a decidir mejor.
Una buena asesoría:
- Te entrega algo más que el justificante del modelo presentado.
- Te explica los ajustes clave y su impacto.
- Te propone cambios si detecta que estás pagando más de lo necesario.
- Te avisa si ve riesgos en los datos declarados.
- Te ayuda a usar el impuesto como herramienta de mejora.
Si no estás recibiendo ese tipo de acompañamiento, puede que estés cumpliendo… pero no aprovechando todo el potencial fiscal de tu negocio.
¿Y si no quieres complicarte?
No se trata de que tú como empresa tengas que entender todos los detalles técnicos del Impuesto de Sociedades. Pero sí es importante que tengas la tranquilidad de que alguien lo ha revisado bien por ti, que se han tomado las mejores decisiones posibles, y que lo que has declarado es coherente con tu negocio y tus objetivos.
Por eso, el «día después» del impuesto es tan importante. Porque es el momento de confirmar que todo encaja, que se ha hecho con criterio, y que estás en buena posición para lo que viene.
En resumen
El Impuesto de Sociedades no termina el 25 de julio. Para las empresas que piensan a medio plazo, esa fecha es solo el comienzo de una revisión útil y una estrategia bien fundamentada.
¿Está todo bien declarado? ¿Se ha optimizado lo que se podía? ¿Qué decisiones puedes tomar ahora para el cierre de 2025? Si no tienes respuesta clara a estas preguntas, es buen momento para hablarlo con tu asesoría.
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