Tabla de contenidos
- 1 ¿Y si tu próximo fichaje vive a 8.000 km?
- 2 Cruzar fronteras… y obligaciones
- 3 El contrato: mucho más que un papel
- 4 ¿Y qué pasa con la fiscalidad?
- 5 Protección de datos: el gran olvidado
- 6 Cuando hacerlo bien abre puertas
- 7 Desde Alicante o Elda, pero con los pies en todo el mundo
- 8 El mundo se ha encogido. La responsabilidad, no.
¿Y si tu próximo fichaje vive a 8.000 km?
Cada vez es más común. No hace falta ser una multinacional para tener un programador colombiano, una traductora argentina o un diseñador gráfico portugués.
El trabajo remoto ha dejado de ser un plan B para convertirse en una forma real y sólida de ampliar equipos.
Lo que antes sonaba a utopía —contratar fuera sin tener sede física, ni infraestructura local, ni plantilla desplazada— hoy es una posibilidad muy real.
Y muchas empresas ya están dando el paso.
Algunas lo hacen por necesidad (no encuentran el perfil que buscan aquí), otras por estrategia, por coste o porque quieren crecer sin añadir más estructura. Y eso está bien.
Lo que no está tan bien es hacerlo sin entender qué implica realmente.
Cruzar fronteras… y obligaciones
Porque cuando cruzas una frontera, aunque sea digitalmente, también estás cruzando otras: la legal, la fiscal, la laboral, la de protección de datos…
Y ahí es donde empiezan los tropiezos.
No se trata solo de firmar un contrato y arrancar. Se trata de entender qué estás firmando, qué obligaciones genera y cómo proteger tu negocio.
Muchos negocios piensan que, como el trabajador está en otro país y trabaja en remoto, todo se puede resolver con un contrato mercantil estándar. Pero la realidad es más compleja.
Incluso en los casos más sencillos hay preguntas clave que conviene resolver desde el minuto uno:
- ¿Tributa en su país o también en España?
- ¿Debo darlo de alta en algún sitio?
- ¿Es legal tener a alguien a jornada completa como freelance?
- ¿Cómo afecta al RGPD si maneja datos personales de clientes europeos?
El contrato: mucho más que un papel
Firmar un contrato es fácil. Lo difícil es hacerlo bien.
Hay que saber qué tipo de relación existe: si es mercantil, laboral, de colaboración puntual… y actuar en consecuencia.
Por ejemplo, si contratas a alguien freelance, pero esa persona trabaja solo para ti, usa tus herramientas y sigue tu horario, puede interpretarse como una relación laboral encubierta.
Y eso en algunos países se sanciona.
Si es una relación laboral formal, entramos en otro escenario: cotización, fiscalidad, seguridad social, protección de derechos laborales… y la necesidad, en muchos casos, de contar con asesoramiento especializado también en el país de residencia del trabajador.
¿Y qué pasa con la fiscalidad?
Cuando hay actividad económica entre países, entra en juego la tributación internacional.
Algunos países tienen firmados convenios de doble imposición con España, otros no. Algunos permiten contratar a trabajadores desde fuera sin complicaciones, otros requieren registros y trámites especiales.
En ciertos casos, tendrás que emitir facturas internacionales, justificar pagos al extranjero o demostrar que no estás creando un «establecimiento permanente» fuera de España, algo que puede tener consecuencias fiscales enormes.
Y si el profesional factura desde una empresa extranjera, conviene revisar si tiene personalidad jurídica, si es un mero intermediario, si hay cesión de derechos, etc.
Protección de datos: el gran olvidado
Un tema clave que muchas veces pasa desapercibido: el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Si la persona contratada está fuera del Espacio Económico Europeo y maneja datos de clientes o empleados, necesitas establecer cláusulas contractuales tipo, garantizar medidas técnicas de seguridad, y documentar el tratamiento transfronterizo de datos.
Esto no es burocracia innecesaria: es ley. Y las sanciones pueden alcanzar cifras importantes si se considera que no has protegido adecuadamente los datos personales.
Cuando hacerlo bien abre puertas
Pese a todo lo anterior, contratar fuera no es un riesgo, es una oportunidad. Pero, como cualquier oportunidad, hay que saber aprovecharla.
Un contrato bien hecho, con las cláusulas adecuadas, en el idioma correcto, con un plan de cumplimiento legal y fiscal, puede convertir una colaboración internacional en una ventaja competitiva real.
Además, ofrece beneficios claros para la empresa:
- Ampliación de horarios: si contratas en América, ganas horas operativas sin cambiar turnos.
- Reducción de costes: en algunos países, los salarios para ciertos perfiles son más asequibles.
- Acceso a talento muy específico, en sectores como desarrollo, traducción, diseño, investigación, etc.
- Mayor resiliencia ante cambios en el mercado local o necesidad de escalar rápidamente.
No hace falta ser Amazon para tener gente trabajando desde distintos países. Solo hace falta una estructura legal clara, un contrato bien armado y una asesoría que te acompañe.
Desde Alicante o Elda, pero con los pies en todo el mundo
En Garanta trabajamos con pymes y empresas que quieren ampliar su equipo más allá de nuestras fronteras. Y lo hacemos sin perder el foco local, pero con una visión global.
Sabemos cómo proteger a tu empresa cuando contratas fuera.
Revisamos contratos, estudiamos la fiscalidad, analizamos la relación laboral o mercantil, gestionamos el cumplimiento con el RGPD, y te damos las herramientas para tomar decisiones claras, informadas y seguras.
Tú decides a quién fichas. Nosotros nos aseguramos de que lo hagas bien.
El mundo se ha encogido. La responsabilidad, no.
Contratar a alguien en otro país ya no es una extravagancia. Es una opción válida, estratégica y en muchos casos, necesaria.
Pero requiere rigor, cabeza, planificación.
Desde Garanta podemos ayudarte a hacerlo con todas las garantías. Porque no necesitas una multinacional para pensar en global. Solo necesitas el equipo adecuado detrás.